sábado, 1 de octubre de 2011

NOTARIOS EN TEXAS NO ESTAN PERMITIDOS PARA EMIGRAR PERSONAS


NOTARIOS EN TEXAS NO ESTAN PERMITIDOS PARA EMIGRAR PERSONAS

La ley de inmigración es una de las partes más complicadas, si no es la parte más complicada de la ley en los Estados Unidos. Cuando busque ayuda con sus problemas de inmigración es de primordial importancia que tenga esto en mente. Muchas personas no entienden qué tan complicada es esta parte de la ley ni entienden cuán importante es buscar el consejo profesional de un abogado que conozca la ley de inmigración y sus particularidades. Desafortunadamente, existe una cantidad de individuos inescrupulosos quienes han creado negocios entre las comunidades de inmigrantes en los Estados Unidos para venderse como “Notarios”, Consultores de Visa, Consultores de Inmigración o Asistentes Jurídicos. Estos individuos no son abogados. El servicio que ofrecen a su comunidad, sea Hispana, Coreana, China, Alemana o Filipina, es inadecuado, a veces erróneo, y muy a menudo es ilegal. Operan basados en la confusión e inocencia y los miedos de las personas que acaban de llegar a este país y no hablan inglés y no conocen las leyes de este país. Toman su dinero y llenan documentos tan inadecuadamente que las personas son deportadas cuando en realidad reunión las condiciones para permanecer en los Estados Unidos.
Desafortunadamente para muchos inmigrantes, los abogados y preparadores de documentos—notarios, consultores de visa, consultores de inmigración o asistentes legales—pueden parecer prestar los mismos servicios, pero en este caso las apariencias son muy engañosas. Las diferencias son muy significativas. Este artículo resumirá las diferencias claves, beneficios y ventajas para dar algunas ideas al momento de decidir la ayuda que necesite.
Los Consultores de Inmigración, y "Notarios", no tienen Licencia
¿Qué constituye la práctica de la ley sin licencia? Cualquier consejo dado a un individuo sobre un asunto legal constituye la práctica de la ley. Toda vez que se tome una decisión sobre el formulario que debe usarse o cómo contestar mejor una pregunta sobre el formulario legal a nombre de un individuo, constituye la práctica de la ley sin licencia. Esto es, negociar por un cliente, preparar documentos legales, representar en negociaciones legales en una corte. En pocas palabras, un preparador de solicitudes o asistente legal solo puede ofrecer servicios de escribano a menos que trabaje bajo la dirección y supervisión de un abogado.
Los servicios prestados por dichos preparadores de solicitudes son generalmente inadecuados, a veces erróneos y a menudo ilegales. La Sección 6162 del Código de Negocios y Profesiones de California restringe la práctica de la ley a miembros activos del Colegio de Abogados de California. Los asistentes legales y preparadores de solicitudes tienen prohibido bajo la ley de California en su sección 6450 (b)(5) el desempeñarse en conductas que constituyan la práctica ilegal de la ley. Todo aquel diferente a un abogado tiene prohibido realizar las siguientes actividades:
Dar consejo legal
Representar a un cliente en la corte
Seleccionar, explicar, resumir, o recomendar el uso de algún documento legal a alguna persona
Actuar como tramitador
Desempeñarse en una conducta que constituya la práctica ilegal de la ley
Contratar o se empleado para proporcionar servicios legales
Establecer los costos que se deben cobrar a un cliente por los servicios de un asistente legal o preparador de documentos.
Inducir a una persona a adquirir servicios legales o realizar una transacción por la cual se deriven ingresos o ganancias, o las dos.
El Procurador General de Texas Greg Abbott tomó acción legal contra seis “notarios” del Valle del Rio Grande por defraudar a consumidores y cometer infracciones contra la Ley de Prácticas Empresariales Engañosas (DTPA), la Ley Estatal de Notary Public y la Ley del Colegio de Abogados.
Las acciones legales del Estado, presentadas en los condados de Hidalgo y Cameron, buscaron y obtuvieron una orden de restricción temporal y orden judicial contra seis demandados: Anna Trejo; Dora Maria Resendez; Josefina Fonseca, que opera bajo el nombre Fonseca Services; Maria Alvarado, que opera bajo el nombre Mary’s Bookkeeping & Income Tax; Maria Yolanda Solis; Emilio Zabala, que opera bajo el nombre Azteca Immigration.




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