Juan Manuel Reyes Cruz 5 de marzo de 2013.
Nuevo Laredo, Tam.
Para beneficiar a los contribuyentes tamaulipecos y
facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, el Gobierno de
Tamaulipas, puso en marcha el Programa
'Ponte al Corriente'. Alfredo González Fernández, Secretario de Finanzas, dio a
conocer que este programa condona el 100% de las multas y los recargos de los
créditos fiscales Estatales determinados o causados hasta el 31 de diciembre de
2012 de los Impuestos sobre Remuneraciones, Hospedaje y Honorarios. El
funcionario explicó que 'Ponte al Corriente' estará vigente del 01 de marzo al
31 de diciembre de 2013 y no se limita a los créditos fiscales determinados por
la autoridad, pueden aplicar, inclusive, para autodeterminaciones del propio
contribuyente". El programa también aplica sobre el saldo pendiente para
aquellos créditos bajo el esquema de pago en parcialidades, y también aplica a
contribuciones en controversia, siempre y cuando los contribuyentes desistan de
la misma. No participan en 'Ponte a Corriente': créditos fiscales ya pagados, y
en ningún caso, podrá solicitarse devolución, compensación, acreditamiento, saldo
a favor, ni dación en pago El Secretario de Finanzas del Gobierno de Tamaulipas
indicó que el trámite se iniciará ante la Oficina Fiscal del Estado de su
localidad solicitando constancia de
adeudos fiscales para el caso de créditos fiscales determinados por la
Autoridad Fiscal. "Una vez que se
cuenta con la constancia de adeudo, se debe solicitar su adhesión al programa
mediante escrito libre e identificación oficial consistente en licencia de
conducir vigente, y en el caso de personas morales acompañar escritura
constitutiva, poder del representante legal y una identificación del
representante consistente en licencia de conducir vigente. La Autoridad Fiscal
deberá resolver la resolución a la solicitud en un plazo de diez días
hábiles". En los casos de créditos fiscales auto determinados por el
contribuyente se iniciará el trámite solicitando por escrito la adhesión al
programa en los términos del párrafo anterior. Finalmente, detalló que el pago
de la parte no considerada en el programa, debe realizarse en una sola
exhibición, dentro de los veinte días siguientes a la fecha de la resolución.
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